Summary:
El objetivo de la presente comunicación es actualizar la legislación existente
en materia de alimentación de los animales, y en partcular de las rese de lidia, como animales
rumiantes que son, para que las explotaciones de reses de lidia cumplan con dicha legislación en lo
referente a a la alimentación de sus animales de acuerdo a las disposiciones establecidas en el
Reglamento (CE) nº 999/2001, teniendo en cuenta tanto qué alimentación pueden recibir las reses de
lidia´(rumiantes), como qué condiciones tienen que cumplir las explotaciones de reses de lidia en
las que coexistan animales no rumiantes (equino, porcino...)en cuanto a la elaboración, circulación
y transporte, almacenamiento y uso de los piensos compuestos, en función de las proteínas que
entren a formar parte de su composición.
Para ello se ha realizado una revisión bibliográfica de la legislación de la Comunidad Europea
en lo que respecta a la alimentación aninal, partiendo del Reglamento (CE) nº 999/2001 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2001 por el que se establecen disposiciones para
la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes
transmisibles y continuando con sus posteriores modificaciones.
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